Tipos de inspecciones que existen y posibles defectos encontrados en las mismas

Entérate de cómo corregir los posibles fallos de tu ascensor antes de que puedan pararlo tras una inspección periódica obligatoria

Tipos de inspecciones que existen y posibles defectos encontrados en las mismas

Con la entrada en vigor de la nueva ITC, hay en juego diferentes tipos de inspecciones que serán obligatorias con el fin de garantizar la mayor seguridad y comodidad de los usuarios.

Qué tipo de inspecciones existen

Las inspecciones podrán ser de tres tipos:

  • Inspecciones iniciales
  • Inspecciones periódicas
  • Otras inspecciones

Dentro de estos tipos de inspección, encontramos la siguiente clasificación:

  • Favorable sin defectos
  • Favorable con defectos leves
  • Favorable con defectos leves reiterados
  • Desfavorable con defectos graves

Cada cuánto hay que realizar una inspección periódica obligatoria

Dependiendo de la antigüedad del edificio en el que se encuentre el/los ascensor/es, podemos encontrar una frecuencia diferente de inspección periódica obligatoria:

  • Las inspecciones en ascensores instalados en edificios de uso industrial o en lugares de pública concurrencia serán cada 2 años.
  • Las inspecciones en ascensores instalados en edificios de más de 20 viviendas o con más de 4 plantas serán cada 4 años.
  • Las inspecciones en los ascensores no incluidos en los casos anteriores se realizarán cada 6 años.

Se amplía el alcance de las otras inspecciones, que se realizarán tras un accidente con daños a personas, animales de compañía o bienes, o que produzcan daños relevantes a la instalación, o cuando lo determine el órgano competente de la comunidad autónoma. Estas inspecciones se centrarán en los elementos implicados en el accidente antes de su reparación. El organismo de control contrastará el informe elaborado por la empresa en el que se detallan los motivos del accidente.

Cómo puedo saber cuándo se realizará la próxima inspección periódica

La empresa mantenedora debe notificar al titular, de manera fidedigna, y con antelación mínima de 3 meses, la fecha en la que ha de realizar la próxima inspección periódica.

Qué ocurre en caso de que venza el plazo para la inspección periódica sin que ésta se haya realizado

En caso de que haya transcurrido el plazo de vencimiento de la inspección periódica sin que ésta se haya realizado, la empresa conservadora tiene la obligación de parar el ascensor en las 24 horas siguientes. Esta circunstancia deberá ser comunicada de forma fehaciente, tanto al titular como al órgano competente en materia de industria de la comunidad autónoma donde se encuentra la instalación.

La responsabilidad de la contratación de la inspección periódica recae en el/la titular del ascensor o en su representante legal.

Qué tengo que hacer si instalo un nuevo ascensor

Antes de la primera puesta en servicio de un ascensor se deberá realizar una inspección por un Organismo de Control Autorizado distinto al que ha intervenido en la evaluación de la conformidad y cuyo resultado deberá ser favorable sin defectos.

El certificado de inspección favorable ha de ser realizado con un máximo de 3 meses de antelación respecto a la comunicación al órgano competente de la comunidad autónoma de la puesta en servicio.

Qué es un defecto leve y qué tiempo tengo para subsanarlo

Son considerados defectos leves aquellos que no son graves ni muy graves; es decir, no supone un peligro para personas, animales de compañía o bienes.

Las inspecciones con resultado favorable con defectos leves contarán con un plazo máximo de 6 meses para la subsanación de los mismos.

Qué es un defecto leve reiterado

Los defectos leves reiterados son aquellos que fueron detectados en la inspección anterior y no han sido subsanados y pueden ser objeto de sanción por parte del órgano competente en materia de industria de la comunidad autónoma.

Qué es un defecto grave y qué tiempo tengo para subsanarlo

Para las inspecciones desfavorables con defectos graves, el plazo de subsanación será el indicado por el inspector y nunca superará los 6 meses desde que haya sido detectado en la inspección periódica obligatoria.

Qué es un defecto muy grave y qué tiempo tengo para subsanarlo

Un defecto muy grave es un riesgo inminente para la seguridad de las personas, los animales de compañía y los bienes o aquellos que puedan ocasionar daños en el propio ascensor.

En las inspecciones desfavorables con defectos muy graves, la empresa de mantenimiento, a instancias del organismo de control, deberá dejar el ascensor fuera de servicio hasta que sea subsanado.

Para poner de nuevo el ascensor en servicio se realizará una nueva inspección periódica completa por el mismo organismo de control, no pudiendo concederse nuevos plazos de corrección de los defectos que dieron lugar a la puesta fuera de servicio del ascensor.

Qué tengo que hacer en caso de cambiar de empresa de mantenimiento

La empresa con la que tenía contratado el mantenimiento debe dejar el ascensor en condiciones de ser mantenido al rescindir el contrato, lo que incluye la información y los códigos necesarios para el acceso a la programación del cuadro de maniobra para operaciones de mantenimiento y rescate del aparato, de forma tal que la siguiente empresa conservadora no necesite modificar el ascensor para mantenerlo o realizar rescates.

De igual manera, se debe dejar la instalación de forma que la comunicación bidireccional cumpla con las condiciones que supusieron la correcta puesta en el mercado del mismo. El ascensor deberá pasar una inspección por cambio de conservador por parte de un organismo de control autorizado que certifique como favorable el uso del mismo. La responsabilidad de la contratación de la inspección recae en el/la titular del ascensor o en su representante legal.

El resultado de esta inspección deberá ser presentado ante el órgano competente de la comunidad autónoma con una antelación máxima de 30 días respecto a la fecha de la firma del contrato con el nuevo conservador.

Encuentra más información

Encuentre toda la información publicada en el BOE aquí

Acceda a la Guía Técnica de Aplicación (versión 2) del Ministerio de Industria y Turismo del Gobierno de España

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